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Inspecciones · Defensa del contribuyente

Inspecciones de Hacienda y de Trabajo en Valencia

Si recibes un requerimiento, una comprobación o una inspección, te representamos desde el primer día para que cada respuesta esté bien fundamentada.

  • AEAT y Agència Tributària Valenciana
  • Inspección de Trabajo y Seguridad Social
  • Requerimientos y comprobaciones
  • Alegaciones y recursos
Qué incluye

Qué hacemos por ti

Requerimientos

Revisamos qué te piden y preparamos la respuesta en plazo.

Comprobaciones

Comprobaciones limitadas y verificaciones de datos.

Inspecciones

Te representamos durante todo el procedimiento inspector.

Trabajo y Seguridad Social

Inspecciones laborales y de cotización.

Alegaciones

Defendemos tu posición con argumentos y documentación.

Recursos

Recursos de reposición y reclamaciones económico-administrativas.

Recibir una carta de Hacienda no es motivo de pánico

La mayoría de las actuaciones empiezan con un requerimiento de información o una comprobación limitada. Lo importante es responder bien y en plazo, normalmente diez días hábiles. Una respuesta precipitada puede abrir más frentes de los necesarios.

Cómo actuamos

  • Analizamos la notificación y el alcance de la actuación.
  • Reunimos y ordenamos la documentación.
  • Te representamos ante la Agencia Tributaria, la Agència Tributària Valenciana o la Inspección de Trabajo.
  • Presentamos alegaciones y, si hace falta, recursos y reclamaciones ante el Tribunal Económico-Administrativo.

Prevenir es más barato

Una revisión preventiva de tus declaraciones y de tu documentación reduce el riesgo de regularizaciones y sanciones. Si nos encargamos de tu fiscalidad, esa revisión forma parte del servicio.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre defensa en inspecciones

¿No encuentras tu respuesta?

Escríbenos y te contestamos en menos de 24 horas laborables.

Hacer una consulta
¿Qué plazo tengo para responder a un requerimiento?

Normalmente diez días hábiles desde la notificación. Envíanoslo en cuanto lo recibas.

¿Qué diferencia hay entre una comprobación y una inspección?

La comprobación limitada se centra en datos concretos y se realiza en las oficinas de gestión; la inspección es un procedimiento más amplio con más facultades de investigación.

¿Puedo recurrir una liquidación?

Sí, mediante recurso de reposición o reclamación económico-administrativa en los plazos establecidos. Valoramos si te conviene.

¿Hablamos de tu caso esta semana?

Una primera conversación sin compromiso para entender qué necesitas y cómo podemos ayudarte.

Contacto

Trabajemos juntos

Te respondemos en menos de 24 horas laborables.

Teléfono963 17 32 91
HorarioL–J 8:00–17:30 · V 8:00–15:00

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