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¿El autónomo cobra estando de baja?

  • By mecamercasesores
  • marzo 12, 2020
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¿El autónomo cobra estando de baja? Una de las preguntas que más se hacen los profesionales españoles. Antes de empezar, hay que recordar que todo variará dependiendo de la base de cotización, de la tipología de la baja y la duración de la misma.

La baja del autónomo, hasta el 2018, era desconocida por todos los profesionales independientes. Ya que más del 80% de los trabajadores por cuenta propia no estaba cubierto ante accidentes de trabajo o enfermedad, ya sea profesional o común. Pero en enero del 2019, a los autónomos se les incluye las contigencias profesionales en su cuota, lo que viene a decir que tienen la posibilidad de solicitar una baja por enfermedad o accidente, y en el caso de bajas más prolongadas, también queda exento de pagar la cuota mensual a partir del segundo mes.

Pero la pregunta es ¿realmente le compensa al autónomo coger la baja? Pues todo es muy variable, a la hora de calcular la cuantía de la prestación es la base de cotización que cada autónomo ha establecido el mes anterior de la baja médica. En España el 80% de los que trabajan por cuenta propia, tiene una cotización mínima ya que pagan la cuota de 286.15 € En este caso la prestación será mínima y difícilmente compense al trabajador.

La prestación que recibirá el autónomo, se calcula dividiendo la base de cotización entre 30 y aplicando los siguientes porcentajes, dependiendo de la tipología de la baja:

  1. Enfermedad común o accidente no laboral
    – 60% desde el día 4 al 20 de la baja
    – 75% a partir del día 21 de la baja
  2. En caso de que sea un accidente de trabajo o enfermedad profesional, se aplicará el 75% desde el día siguiente al de la baja, puesto que el día de la baja se trabaja.

Con esto entendemos que si un autónomo sufre un accidente no laboral y tiene una base de cotización mínima (944,40 €/mes), a partir del cuarto día de su baja comenzará a cobrar un importe de 18,88 €/día, hasta el vigésimo día, cuando la cifra aumentaría hasta los 23,61 €/día, para resumir, un total de 708,30 €/mes, hasta el momento de volver a «ponerse en marcha».

Pero la pregunta qué todos los autónomos os hacéis ¿Estando de baja se pagará la cuota mensual? No, no se pagará la cuota. La mensualidad se ha encarecido con el aumento de la cotización, pero las coberturas también han mejorado. Ademas de las anteriores prestaciones, el autónomo queda exento de pagar su cuota mensual cuando está en situación de baja por enfermedad o incapacidad laboral. Se hace efectivo a partir del segundo mes de baja.

Para concluir, los autónomos cada vez se van acercando acercando a las condiciones de los asalariados en algunas cuestiones. Porque lo que no tenía sentido es que se estuviera pagando la cuota en un periodo de baja. Siendo así una baja de autónomos más justa.

Mecamerc Asesores, S.L.